miércoles, 29 de diciembre de 2010

Convicciones

Qué trabajo complicado dieron los constituyentes de Salta a los funcionarios de Educación. Artículo 48: “Los padres y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Porque ya es difícil y me atrevería a decir que imposible, por ejemplo, saber cuáles son las convicciones religiosas de nuestro ministro de Educación, que se ha tomado tan a pecho el precepto constitucional.

O las de su gobernador. O las de cada uno de sus funcionarios. Imagínense entonces qué tan fácil puede resultarle a la directora de una primaria pública averiguar las convicciones religiosas de cada uno de los padres de sus alumnos.

A fin ayudar en tan encomiable tarea constitucional, propongo algunas preguntas para un cuestionario que debería ser llenado en la escuela pública no bien el padre o tutor formule el pedido de que su hijo sea educado en sus convicciones religiosas.

a) ¿Está usted convencido de que puede ir al infierno? Respuestas posibles: Sí. No. Maso. Váyase usted al infierno.

b) ¿Cree que puede caer en la tentación del demonio? Sí. No. Maso. Váyase usted al demonio.

c) ¿Está convencido que puede llegar a fundirse en el nirvana? No. Si. Maso… Que la recontra por si acaso.

Y así. Al último habría que dejar unas diez hojas en blanco para que cada uno, si puede, exprese más detalladamente cómo cree que es Dios, cómo que no es. Si tiene intermediarios aquí abajo, qué cultos son los más adecuados para honrarle, qué conductas pide a quienes les siguen.

Es posible entonces que el docente tenga que estudiar qué gracias otorga el Gauchito Gil, cuál fue la verdadera historia de la Difunta Correa, cuántas veces y cómo se aparece la Virgen en el cerro, cuántas en el árbol del barrio Santa Lucía.

Qué significa la New Age. Qué se come en la semana del perdón. Con qué hay que homenajear a la Pachamama. ¿Y a San Expedito? ¿Y Juana Figueroa?

Y en cualquier momento, debido a estos tiempos globales que nos toca vivir, qué tiene el cielo que promete Mahoma y cómo se llega. Y cuál es la sabiduría de Confucio.

Me imagino tan variadas las convicciones religiosas de los salteños –esas que se cultivan en privado, y que no necesariamente se profesan en público- que un instituto de ciencias sagradas que pretenda formar docentes para educar a sus alumnos en las convicciones religiosas de sus padres parece una locura comparable a la de ese personaje de un cuento de Borges, que quería pintar todo el universo en una poesía.

Y que no vengan unos padres que se llamen a sí mismos ateos religiosos y, amparados en el precepto constitucional, quieran que se les enseñe a sus hijos los fundamentos del ateísmo en la escuela pública. Sus dogmas, su moral y hasta sus ritos, porque capaz que los tienen. Ahí sí que los quiero ver.

Quienes en 2008 sancionaron la ley de educación provincial deben haber visto así de complicada la aplicación del precepto constitucional. Entonces, de buenas a primeras mandaron que “los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa”.

Buena manera de aplicar un precepto constitucional imposible, negándolo.

¿No era que la enseñanza religiosa se iba a impartir respetando las convicciones religiosas de los padres o tutores? Entonces, ¿cómo es posible que la ley establezca que será la autoridad religiosa la que avale los contenidos? ¿Cómo saben que las convicciones religiosas de los habitantes de cada provincia coinciden con los de la autoridad religiosa?

Está claro que, para los legisladores del 2008, sólo la autoridad religiosa puede saber cuáles son las “verdaderas” convicciones religiosas de los salteños y puede, además, elegir a los que las enseñen.

Así, por obra y gracia de la ley de educación, se pasó del supuesto reconocimiento constitucional de un derecho individual, a la sanción de las prerrogativas de una jerarquía. En Salta, las convicciones religiosas necesitan, para ser enseñadas, de su nihil obstat.

Por mi parte, tengo que “el cuidado del alma de cada hombre le corresponde a él mismo y debe ser dejado a él sólo”, como ha dicho un filósofo cuyo nombre no recuerdo ahora mismo. Y si libremente alguien quiere integrar una comunidad religiosa donde las verdades se transmitan por medio de la autoridad, que lo haga.

Pero que ninguna ley civil consagre el principio de que sólo la autoridad religiosa puede educar en religión. ¿No está claro que los constituyentes y legisladores metieron al Estado en un campo que no les compete?

Algunos podrán llamar a esto laicismo. Sería exagerado. Yo pienso, nada más, que sería un paso para una política y una gestión de gobierno laicas.

Por Andrés Gauffin

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